El Gobierno reglamentó las Sociedades Anónimas Deportivas
Se oficializó la reglamentación que permite a los clubes convertirse en Sociedades Anónimas Deportivas (SAD). La normativa, que da un plazo de un año a la AFA para adecuar sus estatutos, garantiza que ningún club será privado de participar en torneos oficiales si decide adoptar esta nueva estructura.
El Ejecutivo, mediante una publicación en el Boletín Oficial, presentó la reglamentación sobre las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD), una medida que había sido anticipada en diciembre pasado con el DNU 70.
Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado, destacó que ningún club será excluido de los torneos oficiales si decide convertirse en SAD.
En la madrugada de este miércoles, el Gobierno oficializó la reglamentación que permite a los clubes transformarse en Sociedades Anónimas Deportivas, a través del decreto 730/2024. Este decreto complementa lo anunciado en el DNU 70 del 20 de diciembre de 2023, cuando el presidente Javier Milei anunció la medida en su primera cadena nacional, generando controversias, especialmente entre la dirigencia del fútbol argentino.
El nuevo decreto amplía los detalles sobre la transformación de los clubes en SAD. En su primer artículo, establece que los "asociados a las asociaciones civiles" tendrán la responsabilidad de decidir en una asamblea extraordinaria si desean transformar la entidad en sociedad anónima o asociarse con una.
En el segundo artículo, se aclara que, aunque los estatutos de las asociaciones, federaciones y confederaciones deportivas aún no se hayan adaptado, estas no podrán impedir, limitar, privar o menoscabar el derecho de una organización deportiva a afiliarse o participar en competiciones, independientemente de su forma jurídica, siempre que hayan optado por convertirse en SAD.
El decreto también garantiza que todos los clubes y asociaciones mantendrán su participación en las competiciones bajo las mismas condiciones en las que se encontraban antes de la modificación de su estructura jurídica.
Asimismo, se establece un plazo de un año, contado desde el 14 de agosto de 2024, para que la AFA y demás entidades deportivas adapten sus normas a esta medida. "El período de un año, establecido en el artículo 345 del DNU N° 70 del 20 de diciembre de 2023, comenzará a regir a partir de la entrada en vigencia del presente decreto".
Sturzenegger advirtió que la AFA no puede negarse a realizar los cambios ni impedir la participación de un club en los torneos oficiales. "La AFA debe cumplir porque forma parte del sistema deportivo argentino. La ley de deportes exige que no se rechace a un club, independientemente de su estructura jurídica. Si un club decide cambiar, la AFA no puede oponerse sin violar la ley. Creemos que esto atraerá inversiones al sector", afirmó en una entrevista con LN+.
El ministro también señaló que este cambio ofrece más libertades a los socios de los clubes. "El Presidente siempre busca ofrecer más opciones a la gente. Si los socios son los dueños de los clubes, les damos más libertad para decidir si quieren atraer capitales", afirmó, añadiendo con humor: "Soy hincha de Gimnasia y Esgrima de La Plata, y si no traemos capitales, no sé dónde vamos a estar".
Por su parte, la AFA se ha mostrado en contra de esta forma jurídica y ha reafirmado la "inalterabilidad" de su estatuto, subrayando que ser una "Asociación Civil sin fines de lucro" sigue siendo un requisito indispensable para ser miembro de la entidad.
Fuente: Medios