Cuáles serán los horarios y la reglamentación a cumplir para la veda de alcohol
El Código Electoral Nacional establece diferentes restricciones en el marco de las elecciones PASO 2023, en el caso del alcohol ¿Cómo funciona?
A pocas horas de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del 2023, entra en vigencia una regulación específica en relación a la venta y consumo de bebidas alcohólicas en la provincia. El Código Electoral Nacional establece restricciones horarias para la comercialización de alcohol en diferentes establecimientos, desde supermercados hasta locales nocturnos. Es importante aclarar que esta veda no implica el cierre de los comercios.
El secretario gremial del Sindicato de Empleados de Comercio de Neuquén, Ramón Fernández, aclaró que, de acuerdo con la ley, la prohibición es clara y precisa: se prohíbe la expensión de bebidas alcohólicas, mientras que el funcionamiento regular de los comercios sigue en marcha.
Según lo estipulado en el Código Electoral Nacional, la veda de alcohol rige desde las doce horas previas y hasta tres horas después del cierre de los comicios. En otras palabras, desde las 20 hs del sábado hasta las 21 hs del domingo.
Sin embargo, es importante destacar que esta regulación no impide el funcionamiento normal de bares, confiterías, restaurantes y locales bailables. Estos establecimientos podrán operar en sus horarios habituales, aunque con la restricción de no vender bebidas alcohólicas durante el período establecido por la veda. Por ejemplo, el Casino Magic de Neuquén ha informado a sus clientes que dejará de vender alcohol a partir de las 20 horas del sábado. Además, tiene previsto cerrar sus puertas a las 6 de la mañana del domingo y reanudar sus operaciones a partir de las 21 horas.
Además de la restricción en la venta de alcohol, el Código Electoral también establece otras prohibiciones durante este período, como la difusión de resultados de encuestas y sondeos electorales, la portación de armas y distintivos, así como la realización de actos públicos de proselitismo.
Es importante resaltar las sanciones previstas para aquellos que no cumplan con estas restricciones. Las penas pueden variar desde 15 días hasta seis meses de prisión para quienes vendan alcohol durante la veda, y de dos a dos años de prisión para quienes intenten influenciar el voto de otros de manera engañosa. Asimismo, se contemplan multas para los ciudadanos que emitan y publiciten avisos proselitistas en medios de comunicación, así como para aquellos que realicen actos de campaña fuera del período permitido.
Fuente: Medios