Albañil demandó a una clienta que no le quiso pagar y le ganó el juicio
El hombre presentó pruebas de que los trabajos, requeridos por la mujer, fueron realizados. El caso se resolvió en un período breve, a través del Juzgado de Paz de Río Negro.
En las últimas horas, la Justicia de Río Negro dio a conocer que una mujer debe abonar una indemnización por no querer pagar una serie de trabajos que le realizó un albañil. El hombre la demandó porque sus labores fueron ejecutadas en su totalidad, tal cómo se lo había solicitado su clienta.
El albañil, oriundo de Allen, presentó pruebas contundentes ante el Juzgado de Paz. Los videos e imágenes constatan que su servicio fue finalizado.
Qué dice el fallo
El fallo de menor cuantía indica que el albañil "ha acreditado el cumplimiento de las obligaciones asumidas por su parte, tal como surge de las fotografías y video aportados a la causa", al tiempo que demostró "el incumplimiento de la obligación de pago asumida por la parte demandada".
La decisión de la jueza de Paz explica que "ante el incumplimiento de la obligación principal del demandado, que es el pago, corresponde reconocer favorablemente la demanda, por ser un derecho reconocido legalmente al acreedor el emplear los medios necesarios para procurarse aquello a que el deudor se ha obligado".
Qué son los casos de Menor cuantía
Los procesos de menor cuantía son juicios civiles con características especiales, que se realizan ante cualquier Juzgados de Paz. Son procesos rápidos y accesibles para todo reclamo que no supere los 300.000 pesos; se monto máximo, cabe señalar, es actualizado regularmente por el Superior Tribunal de Justicia.
Según establece el Código Procesal Civil y Comercial de Río Negro, las demandas de menor cuantía tramitan por proceso sumarísimo, es decir, con plazos especialmente breves. Además, el trámite es verbal, "gratuito para el acceso a la justicia y de carácter informal, con resguardo de los esenciales principios de bilateralidad, igualdad y colaboración".
En este tipo de juicios, las partes pueden ser asistidas por abogados y abogadas de la matrícula, a su exclusivo cargo, pero esa contratación no es obligatoria.
Cómo se inicia una demanda de este tipo
Para iniciar una demanda la persona puede solicitar un modelo en el Juzgado de Paz o puede presentar su propio texto, donde debe explicar cuál es su pretensión, cuál es la prueba con la que cuenta para sostener su reclamo, cuáles son los fundamentos legales "si lo tuviere o conociera" y la petición concreta de lo que espera obtener.
La norma también prevé que, si la parte demandada no se presenta a la audiencia, a pesar de estar correctamente notificada, esa ausencia injustificada se interpretará "como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contraparte, quedando habilitada la prosecución de la causa sin más trámite".
Por su especial naturaleza, los juicios de menor cuantía no pueden utilizarse para las sucesiones, las quiebras, los procesos del fuero de Familia, los juicios laborales y las demandas de desalojo.
Fuente: Medios