Fallo Judicial

Ordenan el traslado del chimpancé Toti a un santuario para grandes primates

El animal, se encuentra en el zoológico Bubalcó desde el 2013, pero ordenaron llevarlo a un lugar más apropiado para salvaguardar su salud y su calidad de vida.

Neuquen Post

El Superior Tribunal de Justicia (STJ)  de la provincia de Río Negro confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó trasladar al chimpancé Toti del zoológico Bubalcó, ubicado en la provincia de Río Negro a un lugar más apropiado para salvaguardar su salud y su calidad de vida

El chimpancé tiene 33 años y está alojado ahí desde el 2013, pero ahora su destino cambió y parece ser un santuario, para no seguir afectando su salud.

El fallo ordenó que Toti sea trasladado a un "centro y/o santuario para grandes primates" y dejó pendiente la formación de un equipo de expertos que deberá determinar la factibilidad real del traslado, las condiciones del operativo y el lugar de destino más apropiado.

El amparo fue admitido porque se constató "lesión y peligro inminente, dado que se acreditó la afectación y amenaza a la vida, supervivencia y calidad de vida de Toti, como también a la biodiversidad y al ambiente".

Al igual que el fallo de primera instancia, el STJ dio especial relevancia a las pericias que indicaron, entre otras circunstancias, que el chimpancé "sufre un cuadro de ansiedad permanente como enfermedad de la adaptación y que, de continuar en las mismas condiciones, su salud psicofísica corre riesgo, indicando que la falta de contacto con su especie constituye un estresor crónico".

Integrantes de la Justicia se acercaron a Bubalcó a corroborar el mal estado en el que se encuentra el chimpancé Toti.

Integrantes de la Justicia se acercaron a Bubalcó a corroborar el mal estado en el que se encuentra el chimpancé Toti.

Uno de los argumentos centrales de Bubalcó fue la afectación de su derecho de propiedad sobre el chimpancé

El fallo del STJ respondió que la Constitución Nacional pone por delante la preservación del "patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica", sentando un principio que fue reflejado luego en el Código Civil y Comercial, vigente desde 2015.

La construcción argumental de dos miembros del STJ, por su parte, concluyó en la misma resolución de rechazo de los planteos y confirmación del fallo de primera instancia, y profundizó en la condición jurídica de los animales según el Código Civil y Comercial.

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