La justicia rechazó el amparo de los vecinos contra Calf
La jueza Reynals rechazó el pedido del Defensor del Pueblo y consideró que los amparos son para ser utilizados en casos de gravedad.
El defensor del pueblo, Jorge Rey, había presentado un recurso de amparo ante el Juzgado Civil N°1 en donde solicitó la inconstitucionalidad de la Ordenanza que habilita el traslado de la deuda de Calf a CAMMESA a los usuarios.
La jueza María Eliana Reynals declaró dicho recurso de amparo como inadmisible, ya que definió que "la acción de amparo es un remedio excepcional reservado para circunstancias graves". por lo que estimó que "la vía intentada por la parte actora no es la más idónea".
"Más allá de la razón o sinrazón de lo aquí planteado, el amparo no es la vía idónea para canalizar el reclamo pretendido, toda vez que existen otras vías legales para la tutela del derecho que se dice afectado y que excluyen este remedio de carácter excepcional", explicó la Jueza.
El pedido de amparo fue presentado por considerar la Ordenanza "violatoria de los derechos de propiedad, igualdad, razonabilidad y del consumidor, consagrados por la Constitución Nacional, los tratados internacionales de derechos humanos y las normas nacionales, provinciales y municipales vigentes".
Fuente: Mejor Informado.