Ley Ómnibus en Diputados: Martín Soria discutió con el Procurador del Tesoro
El diputado criticó duramente al Procurador, Rodolfo Barra, sobre la Ley Ómnibus. La redacción y posibles "grandes favores a grandes empresas" fueron los puntos claves.
En una acalorada sesión legislativa del martes, el Diputado por Río Negro, Martín Soria, aprovechó la presencia del Procurador del Tesoro Nacional, Rodolfo Barra y lanzó duras críticas, expresando inquietudes respecto a la Ley Ómnibus . El parlamentario destacó la falta de claridad en la redacción de la normativa y sus posibles implicaciones en beneficio de grandes intereses. Qué respondió el funcionario del gobierno de Milei.
Soria abrió el debate citando declaraciones previas de Barra, donde el procurador admitió su desconocimiento sobre los autores del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) y la Ley Ómnibus. El diputado expresó su perplejidad y señaló: No sabemos quiénes escribieron el DNU y esta ley ómnibus, que estamos analizando en este plenario.
La interpelación se centró en la modificación propuesta en el artículo 46 de la Ley Ómnibus, que altera el artículo 17 de la Ley de Procedimientos Administrativos. En palabras de Soria, esta modificación introduce el derecho a la indemnización por el lucro cesante no solo por el daño emergente como siempre existió hasta ahora. Enfocándose en posibles beneficiarios, el diputado sugirió que esta medida podría favorecer a concesionarios, contratistas y licenciatarios del Estado.
El debate se intensificó al abordar el artículo 52 de la Ley Ómnibus, que extiende los plazos para que particulares puedan demandar la nulidad de actos administrativos. Soria resaltó la duplicación de plazos, de 90 a 180 días, y cuestionó abiertamente: ¿No cree usted que se nota demasiado la mano de grandes empresas?. De esta manera, el diputado puso de manifiesto la posible indefensión del Estado y los ciudadanos frente a estas modificaciones.
Además, en medio del tenso intercambio, Soria citó fragmentos textuales de las declaraciones previas del Procurador del Tesoro Nacional, subrayando la aparente contradicción entre el desconocimiento sobre los redactores de la normativa y la comprensión de las decisiones gubernamentales.
De esta manera, expuso la incertidumbre sobre la «influencia de estudios jurídicos privados» en la redacción de leyes fundamentales que quedó en el centro del debate, exigiendo respuestas claras para garantizar la legitimidad de las decisiones legislativas.
Dejan una situación de indefensión para el Estado nacional y para todos los argentinos, cerró su intervención, a la espera de la respuesta de Barra.
Ley Ómnibus: qué respondió Barra ante los cuestionamientos de Martín Soria, en la comisión de Diputados
Rodolfo Barra, respondió a las interrogantes del Diputado Martín Soria, abordando diversos temas, desde la comparación constitucional hasta la complejidad de la indemnización por lucro cesante.
Barra aclaró la comparación realizada por Soria sobre la figura del presidente, destacando la división de la jefatura del Estado según la reforma del '94, que transitaba hacia un sistema parlamentario. El procurador subrayó: «No es lo que usted está pensando, es una comparación. Le pido, por favor, que lea nuestro artículo 99 inciso primero de la Constitución.»
En relación a la crisis constitucional, Barra evocó una sentencia de la Corte Suprema, destacando la posible vulnerabilidad de la República en tiempos de crisis económica y social. Explicó: «Cuando hay grandes crisis, puede peligrar la salud de la República. Yo no digo que esta sea y que vaya a peligro, yo dije un ejemplo«.
Sobre la opacidad en la redacción de normativas, Barra admitió no conocer a los redactores, señalando que su deber es interpretar y defender la norma vigente. «Yo simplemente tengo que interpretar la norma vigente. El decreto está vigente, la ley que ustedes están analizando, obviamente no el proyecto de ley, lo tengo que interpretar y después salir a defender al Estado cuando toque y corresponda, que esa es mi obligación, y ese es mi trabajo».
En cuanto a la indemnización por lucro cesante, Barra argumentó que es una cuestión opinable y recordó un fallo de la Corte Suprema, Sánchez Granel, que amplió la indemnización más allá del daño emergente.
«La Corte Suprema ya tiene dicho en un caso, Sánchez Granel, que se ajusta a la Constitución porque el principio es la indemnización plena. Quien es dañado pierde su patrimonio, y en parte del patrimonio está la lógica expectativa del lucro, de la ganancia, etcétera«, sostuvo el procurador.
Barra finalizó expresando la importancia de asegurar la protección del patrimonio de los inversores y la necesidad de garantizar indemnizaciones plenas, especialmente en un país con historial de inestabilidad contractual.
Fuente Diario Río Negro