El Gobierno reglamenta la Ley Bases: avances en privatizaciones y empleo público
Esta normativa que se oficializó mediante el decreto 695, permite al Poder Ejecutivo reorganizar, transformar y liquidar fondos fiduciarios públicos siguiendo la Ley N° 27.742..
El Gobierno nacional reglamentó la primera parte de la Ley Bases, enfocándose en la reorganización de la administración pública centralizada y descentralizada, las privatizaciones, y el empleo público. Esta reglamentación se oficializó mediante el decreto 695, publicado en el Boletín Oficial este lunes.
El decreto cuenta con las firmas del presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete de Ministros Guillermo Francos, el ministro de Economía Luis Caputo, y el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger.
La normativa permite al Poder Ejecutivo reorganizar, transformar y liquidar fondos fiduciarios públicos siguiendo la Ley N° 27.742.
El decreto establece procedimientos específicos para la privatización de empresas estatales, que incluyen la presentación de informes y la publicación de convocatorias para ofertas.
El Boletín Oficial indica que la Jefatura de Gabinete de Ministros, dentro de 15 días desde la entrada en vigencia del decreto, debe aprobar un cronograma para la implementación del "silencio administrativo positivo" en procedimientos administrativos que requieren autorización administrativa, conforme al artículo 31 de la Ley N° 27.742. Este principio comenzará a aplicarse según el cronograma y será válido para los procedimientos iniciados después de dichas fechas.
Las reparticiones de la administración pública centralizada y descentralizada deben identificar y mantener actualizados los procedimientos administrativos afectados por esta norma. Los procedimientos administrativos regulados por normas especiales que contemplen el silencio positivo continuarán rigiéndose por sus respectivas normas.
Excepciones y tecnología
La Jefatura de Gabinete de Ministros debe elevar al Poder Ejecutivo Nacional, con informe previo de las áreas competentes, los casos específicos en los que no se aplicará el silencio positivo, según el inciso b) del artículo 10 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549.
La Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología debe garantizar la implementación del silencio positivo a través de plataformas digitales.
Esquema de privatizaciones
El Gobierno ha delineado el esquema para la concesión o venta parcial o total de varias empresas, entre ellas: Energía Argentina, Intercargo, AySA, Belgrano Cargas, Sociedad Operadora Ferroviaria (SOFSE), Corredores Viales, Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA), y el Complejo Carbonífero, Ferroviario, Portuario y Energético de Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT).
Cada ministro o secretario responsable de la empresa a privatizar deberá presentar un informe al Poder Ejecutivo con una propuesta concreta sobre el procedimiento y modalidad de privatización. Este informe debe incluir el carácter total o parcial de la privatización, las alternativas de procedimiento, las modalidades propuestas, el procedimiento de selección, los plazos estimados y cualquier propuesta de preferencia según el artículo 16 de la Ley N° 23.696. Una copia de este informe será enviada a la Comisión Bicameral del Congreso.
Una vez que el Ejecutivo otorgue la autorización, el funcionario podrá iniciar los procedimientos de privatización. Antes de formalizar los contratos resultantes, se deberá dar intervención a la Procuración del Tesoro de la Nación y a la Sindicatura General de la Nación. Si la Procuración realiza alguna observación o sugerencia, se deberá elaborar un nuevo informe.