PAMI modifica el trámite para que los jubilados accedan a medicamentos gratis
El cambio en los trámites busca optimizar la entrega de medicamentos gratuitos a los jubilados, garantizando un proceso más rápido y accesible.
El PAMI informó a sus afiliados que, para seguir accediendo al 100% de los medicamentos gratuitos, ya no será necesario descargar, completar ni cargar la declaración jurada para acceder al subsidio social. A partir de ahora, los jubilados podrán acudir directamente a las agencias de PAMI con su DNI y credencial de afiliado, sin necesidad de turno previo.
En las oficinas de PAMI, los jubilados deberán proporcionar los datos solicitados por el personal administrativo. Si cumplen con los requisitos, podrán tramitar el subsidio al instante. Este cambio tiene como objetivo agilizar el proceso y permitir que los beneficiarios obtengan sus medicamentos de inmediato en la farmacia.
La medida también implica un mayor acercamiento de los afiliados a las oficinas de PAMI, ya que se ha eliminado el formulario en papel que anteriormente debían descargar desde la web. Este avance simplifica aún más el trámite para los afiliados.
Aunque ya no es necesario presentar la declaración jurada para realizar el trámite de manera presencial, sí es obligatorio asistir con el DNI y la credencial de afiliado. Con esta documentación, el personal en ventanilla podrá verificar los datos en el sistema y, a partir de ahí, iniciar el trámite.
Si el afiliado cumple con los requisitos y solicita hasta cuatro medicamentos, podrá acceder al subsidio y retirar los medicamentos de inmediato en la farmacia con la cobertura del 100%.
En caso de que la solicitud incluya cinco o más medicamentos, será necesario que el médico de cabecera complete un formulario que respalde la solicitud.
Condiciones para acceder al beneficio de cobertura 100% en medicamentos
Para mantener la cobertura del subsidio social, se deben cumplir con las siguientes condiciones:
Tener ingresos inferiores a 1,5 haberes previsionales, o hasta 3 haberes si el afiliado vive con una persona que posee el Certificado Único de Discapacidad (CUD).
No estar afiliado a una prepaga.
No ser propietario de más de un inmueble, ni de un vehículo de menos de 10 años, ni poseer bienes de lujo.
No ser titular de activos societarios que reflejen una capacidad económica plena.
Si el afiliado no cumple con los dos primeros requisitos, pero el costo de los medicamentos necesarios para el tratamiento representa el 15% o más de sus ingresos, podrá solicitar la cobertura al 100% mediante una vía de excepción.
Fuente: Medios