Las operaciones societarias de los empresarios Gustavo Gabriel y Fernando Javier Mauro y Gustavo Osvaldo Solari forman parte de los antecedentes de un sector que quedó bajo la lupa de la fiscalía ambiental por sus contratos y prestadores. Los tres vendieron TRI-ECO al grupo Stericycle en 2013 y, siete años después, adquirieron en conjunto el 90% de MEDAM B.A. S.R.L., otra firma de su estructura empresarial en Argentina.
El caso tiene como antecedente el reconocimiento de Stericycle, en 2022, de un esquema de sobornos para obtener o conservar negocios en Argentina, Brasil y México. Sin embargo, ese acuerdo corporativo no atribuye por sí mismo responsabilidad personal a quienes participaron de las operaciones societarias mencionadas.

La investigación sobre el sector apunta a otra cuestión: qué información conserva el Estado sobre las empresas contratadas para retirar, transportar y tratar residuos hospitalarios y cómo controla las prestaciones. En ese marco, la Unidad Fiscal de Investigaciones en Materia Ambiental (UFIMA) impulsó la actuación 4398/2026, en la que solicitó identificar operadores, establecer el origen de los residuos y reunir contratos y órdenes de compra.
En septiembre de 2026, el Ministerio de Salud bonaerense respondió con documentación sobre sus contrataciones correspondientes a 2025 y 2026.

Las operaciones societarias de TRI-ECO y MEDAM
El expediente de concentración económica de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia registra que el 30 de septiembre de 2013 se concretó la venta de TRI-ECO al grupo Stericycle. El documento identifica como vendedores a los hermanos Gustavo Gabriel y Fernando Javier Mauro y a Gustavo Osvaldo Solari.
El segundo movimiento quedó asentado en el Boletín Oficial del 22 de febrero de 2021. Allí se publicó una cesión de cuotas instrumentada el 3 de agosto de 2020, mediante la cual cada uno de los tres empresarios adquirió el 30% de MEDAM B.A. S.R.L. En conjunto, pasaron a concentrar el 90% de las participaciones de la sociedad.
Ese registro acredita una transferencia histórica, pero no permite establecer quiénes son los actuales propietarios de la firma. Tampoco demuestra, por sí solo, que todos los contratos de MEDAM o de los empresarios estén incluidos en la actuación fiscal.
Para reconstruir eventuales relaciones con contrataciones específicas es necesario identificar las sociedades adjudicatarias, las órdenes de compra y los períodos correspondientes. Los requerimientos de la fiscalía buscan reunir precisamente esa información sobre los prestadores y los servicios realizados.

Qué información pidió la fiscalía ambiental
La respuesta administrativa bonaerense, fechada el 22 de septiembre de 2026, reproduce un requerimiento para identificar a las empresas dedicadas a la gestión y disposición final de residuos patogénicos, con sus razones sociales, CUIT y domicilios.
También se solicitaron datos sobre la procedencia de los residuos tratados, los establecimientos sanitarios involucrados y los contratos y órdenes de compra emitidos desde enero de 2025. El Ministerio de Salud de la Nación figura como denunciante.

Entre los establecimientos mencionados aparecen el Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur (Inareps), el Hospital Baldomero Sommer y el Hospital Nacional Profesor Alejandro Posadas.
Además, un oficio del 1 de julio de 2026, incorporado a la misma actuación, pidió información sobre la inscripción de esos centros de salud como generadores de residuos peligrosos y, en caso afirmativo, las cantidades mensuales producidas desde junio de 2025.
La documentación presenta una diferencia en las carátulas: el oficio fotografiado menciona a los hospitales Laura Bonaparte y Ramón Carrillo, aunque las consultas están dirigidas a Inareps, Sommer y Posadas. En cambio, la respuesta provincial reproduce una carátula que identifica a estos últimos tres establecimientos. Los documentos disponibles no explican esa discrepancia.

Los ocho proveedores incluidos en el relevamiento
Para responder al requerimiento, el Ministerio de Salud bonaerense informó que realizó un relevamiento de sus contrataciones y remitió archivos de 2025 y 2026 elaborados a partir del Sistema Informático para la Adquisición y Contrataciones Hospitalarias, además de las correspondientes órdenes de compra.
La nómina incluye a Hábitat Ecológico S.A., Desler S.A., Lamcef S.A., Sistemas Ambientales S.A., Bahía Ecológico S.A., Traeco S.A., R.C. Radiología Castelar S.R.L. y Orzusa Karina Edith.

La cartera sanitaria aclaró que se trata de proveedores identificados en las compras relevadas y no de un registro completo de todos los operadores habilitados. Por lo tanto, figurar en ese listado no implica una imputación ni acredita irregularidades.
Uno de los nombres incluidos, Hábitat Ecológico, aparece también en documentación vinculada con el antecedente internacional de Stericycle. La acusación presentada en Estados Unidos en 2024 contra el exdirector financiero regional Abraham Cigarroa Cervantes identificó a esa empresa y a otras sociedades afiliadas como parte de la estructura histórica denominada “Stericycle Argentina”.
Esa referencia permite establecer una conexión documental con el grupo, pero no extiende los señalamientos de la causa estadounidense a los demás proveedores incluidos en el relevamiento bonaerense.
Los controles sobre los operadores
La respuesta provincial también distingue entre la contratación de servicios sanitarios y las tareas de habilitación y fiscalización ambiental de las empresas. Según lo informado por Salud, los datos generales sobre operadores, transportistas, instalaciones y tecnologías autorizadas corresponden a la autoridad ambiental bonaerense, sin perjuicio de las competencias propias del área sanitaria.
De esta manera, los documentos reúnen información sobre operaciones societarias, proveedores y contrataciones, pero también dejan planteada una cuestión central: cómo se distribuyen las responsabilidades de control entre los organismos estatales y qué registros permiten verificar el recorrido y tratamiento de los residuos hospitalarios.
Las autoridades evitaron emitir una opinión sobre el fondo de las actuaciones debido a la existencia de una causa abierta y de sumarios administrativos internos.
Fuente: Medios










