Los argentinos con edad comprendida entre los 18 y 70 años que no concurran a votar el domingo 26 de octubre y no presenten una justificación válida ante la Justicia Nacional Electoral enfrentarán sanciones. De acuerdo con el artículo 125 del Código Nacional Electoral, se aplicará una multa que va de $50 a $500.

Los electores tienen un plazo de 60 días posteriores a la elección para presentar la justificación, que puede ser un certificado médico, constancia de estar a más de 500 km del lugar de votación, entre otras razones aceptadas.
Si la multa no se paga y no se justifica la ausencia, la persona será incluida en el Registro de Infractores al Deber de Votar. La sanción más grave estipulada por la normativa establece que el infractor “no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección”.

Fuente: Medios







