El Gobierno nacional habilitó este viernes la creación de estaciones de servicio móviles, una nueva modalidad incorporada al marco regulatorio del expendio de combustibles líquidos. La medida fue formalizada por la Secretaría de Energía a través de la Resolución 504/2025, publicada en el Boletín Oficial.
La normativa establece los procedimientos, requisitos técnicos y condiciones de registro para operar depósitos portátiles destinados al abastecimiento minorista. Según el texto oficial, estas unidades móviles se consideran “fundamentales” para garantizar el suministro en localidades que no cuentan con estaciones de servicio fijas en un radio cercano.

Entre los objetivos, la Secretaría de Energía señaló que la iniciativa apunta a reducir distancias y costos de traslado para los consumidores, además de impulsar el desarrollo productivo de economías regionales. La alternativa móvil es presentada como una solución segura y más económica para el abastecimiento local, en comparación con las instalaciones tradicionales que requieren obras y mantenimiento de mayor complejidad.

La resolución también define a las Estaciones de Servicio Móviles como “depósitos portátiles autónomos totalmente equipados para el transporte y abastecimiento de hidrocarburos”, con la ventaja de permitir una “rápida instalación y reubicación”.
En el plano regulatorio, la medida incorpora a los operadores que utilicen esta modalidad en el Registro de Bocas de Expendio de Combustibles Líquidos. Asimismo, se establecen procedimientos específicos para dos tipos de unidades: la “estación modular portátil” y la “estación de servicio móvil cisterna”.
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