Reclaman el cierre inmediato del basural a cielo abierto de Bariloche

La Fundación Ambiente, Desarrollo y Hábitat Sustentable presentó un recurso administrativo y advirtió posibles acciones judiciales ante el incumplimiento de la normativa ambiental.

El presidente de la Fundación Ambiente, Desarrollo y Hábitat Sustentable, Federico López Lambert, presentó en las últimas horas un recurso administrativo para que se intime a la Municipalidad de Bariloche a cumplir de manera inmediata con la Ordenanza 3349-CM-22, que establecía, entre otros puntos centrales, el cierre definitivo del basural a cielo abierto municipal para el 4 de diciembre de 2023, plazo que ya se encuentra vencido.

En la presentación, López Lambert solicitó que, ante la persistencia del incumplimiento, se requiera a la Provincia de Río Negro, a través de su autoridad ambiental, que haga cumplir la Ley Provincial 5491, sancionada en 2020, y que arbitre los medios necesarios para la remediación ambiental y el cierre del basural a cielo abierto que funciona actualmente en el CRUM (Centro de Residuos Urbanos Municipal).

El titular de la Fundación reclamó que se adopten medidas urgentes para concretar el cierre definitivo del CRUM como sitio de disposición final, la erradicación del basural a cielo abierto o, en su defecto, la remediación ambiental integral del predio. Además, planteó como alternativa la localización, aprobación y ejecución de un nuevo sitio de disposición final de carácter regional.

También exigió que, en caso de existir avances, se informe de manera fehaciente y documentada el estado de cumplimiento, junto con un cronograma actualizado y la identificación de los responsables administrativos a cargo de las tareas. Advirtió que, de mantenerse la situación actual, se evaluará la promoción de acciones administrativas y judiciales, sin perjuicio de otras responsabilidades que pudieran corresponder.

Una normativa que no se cumple

El recurso fue presentado ante la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático, dependiente de la Secretaría de Estado de Energía y Ambiente de Río Negro, y ante la Municipalidad de Bariloche. López Lambert recordó que la Fundación cuenta con plena legitimación para realizar el reclamo, en base al artículo 41 de la Constitución Nacional, la Constitución Provincial, la Carta Orgánica Municipal y la normativa ambiental vigente.

En ese marco, señaló que la Ley Provincial 5491 establece objetivos y procedimientos obligatorios para la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU) en toda la provincia.

La norma obliga a los municipios a erradicar o clausurar los basurales a cielo abierto en un plazo máximo de tres años, vencido el 4 de diciembre de 2023, y a implementar programas de remediación y recuperación ambiental de los predios afectados. Además, crea un Fondo de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos para financiar estas acciones.

El basural continúa operativo

En el escrito, López Lambert advirtió que el CRUM continúa funcionando de hecho como sitio de disposición final, en condiciones incompatibles con la normativa ambiental vigente, y que se ha degradado hasta convertirse en un basural a cielo abierto, en flagrante incumplimiento de la ley.

Remarcó que el predio se encuentra en una zona de la ciudad en constante proceso de urbanización, lo que vuelve incompatible su continuidad y la eventual habilitación de nuevas celdas con la Ley Nacional 25.916, que fija los presupuestos mínimos para la gestión de residuos domiciliarios.

Asimismo, sostuvo que no se concretó el cierre definitivo, ni la remediación ambiental, ni la reconversión funcional del predio prevista por ordenanza, y que no existe información pública ni aprobación legislativa sobre un nuevo sitio de disposición final. Tampoco se habrían iniciado estudios de prefactibilidad geológica, ambiental o ingenieril para definir una localización adecuada a nivel regional.

Impacto en los barrios cercanos

El recurso también advierte que la situación actual del CRUM afecta la salud, el ambiente y la calidad de vida de los barrios cercanos. Entre los problemas mencionados se destacan la presencia de fauna que puede actuar como vector de enfermedades, como roedores, aves, perros asilvestrados e incluso jabalíes.

A esto se suman la contaminación del suelo y de las napas, la contaminación del aire por incendios recurrentes, y la aparición de incendios de interfase, que representan un riesgo directo para personas, viviendas y mascotas, especialmente en sectores como Valle Azul.

López Lambert afirmó además que el Municipio no presentó ante la autoridad provincial el Plan Municipal GIRSU, exigido por la Ley 5491, requisito clave para acceder a programas de apoyo, financiamiento e incentivos por parte de la Provincia y de organismos nacionales e internacionales.

La responsabilidad provincial

Finalmente, el titular de la Fundación sostuvo que los incumplimientos detectados comprometen responsabilidades administrativas, ambientales y eventualmente judiciales, tanto del Municipio como de la Provincia. En ese sentido, remarcó que la Provincia de Río Negro tiene la obligación legal de controlar y fiscalizar el cumplimiento de la ley y, si el incumplimiento persiste, intervenir y ejecutar las acciones necesarias por cuenta y cargo del municipio, tal como lo habilita el artículo 11 de la normativa.

“La inacción o tolerancia frente a esta situación constituye un incumplimiento de los deberes legales de protección ambiental”, concluyó López Lambert, al advertir sobre la vulneración de los principios de prevención, responsabilidad y protección del ambiente.

Fuente: Medios.

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