Condenaron a nueve meses de prisión efectiva a Aixa Salvo por nuevas estafas a comerciantes de Plottier

La mujer admitió su responsabilidad en cuatro hechos cometidos en 2025 y acordó la pena en un juicio abreviado. Por sus antecedentes y reiterados incumplimientos, la sanción será de cumplimiento efectivo.

Aixa Ayelén Salvo, conocida en Plottier por reiteradas maniobras de estafa contra comercios, fue condenada este jueves a nueve meses de prisión efectiva tras reconocer su responsabilidad en nuevos hechos delictivos.

La sentencia fue dictada por el juez de garantías Juan Ignacio Guaita, quien homologó el acuerdo pleno alcanzado entre la defensa de la imputada y la fiscalía de Delitos Económicos. La audiencia se realizó por la mañana y se encuadró en un procedimiento abreviado.

Desde el Ministerio Público Fiscal se recordó que Salvo ya contaba con antecedentes por hechos similares. En 2024 había recibido una condena de seis meses de ejecución condicional, luego de no cumplir con una suspensión de juicio a prueba. Además, registraba rebeldías, pedidos de captura e incumplimientos de reglas impuestas en causas previas. Incluso en noviembre pasado fue detenida y alojada en el penal de mujeres de Neuquén capital por violar la prisión domiciliaria.

Los hechos por los que fue condenada ahora ocurrieron entre febrero y julio de 2025 e incluyeron cuatro maniobras en distintos comercios. Según la investigación, simulaba realizar transferencias a través de la billetera virtual Mercado Pago, mostraba rápidamente un comprobante falso en su celular y se retiraba antes de que los comerciantes pudieran verificar el ingreso del dinero.

En uno de los locales adquirió bebidas y hielo por 23.800 pesos; en otro, generó un perjuicio de 76.000 pesos. En mayo, contactó por WhatsApp a un comercio gastronómico utilizando un nombre falso y pidió tres bandejas de comida por 32.000 pesos. Al recibir el pedido en su domicilio, aseguró haber abonado, aprovechando que en ese momento no podían constatar la acreditación del pago.

El fiscal del caso, Juan Manuel Narváez, detalló que se la declaró responsable por el delito de estafa en concurso real por tres hechos consumados y uno en grado de tentativa. Como atenuantes se valoraron la aceptación del acuerdo, su edad y el compromiso de restitución del dinero. Sin embargo, consideró como agravante la reiteración de la modalidad y su comportamiento a lo largo del tiempo.

En función de los antecedentes, el Ministerio Público solicitó dejar sin efecto la condena condicional anterior y unificarla con la nueva pena, lo que derivó en una sanción única de nueve meses de cumplimiento efectivo.

Al fundamentar la decisión, el juez Guaita explicó que en este tipo de procedimientos debe verificarse la legalidad y razonabilidad del acuerdo, la existencia de prueba suficiente y la proporcionalidad de la pena. Tras esa evaluación, resolvió dictar la condena.

Fuente: Medios

Publicidad

Últimas noticias