Una empresa petrolera fue condenada a pagar una indemnización millonaria a un trabajador que había sido despedido por una presunta agresión a un compañero, un hecho que finalmente no pudo ser probado en la Justicia. El caso ocurrió en un yacimiento cercano a Añelo y fue analizado por la Justicia laboral de Neuquén.
El juez laboral Hugo Ferreyra hizo lugar a la demanda del empleado al considerar que la empresa no logró acreditar los motivos invocados para justificar el despido con causa. En la sentencia, el magistrado sostuvo que no se pudo demostrar ni la materialidad ni la gravedad de la conducta atribuida al trabajador, por lo que el despido fue considerado injustificado.
“La empleadora no logró demostrar la materialidad ni la gravedad de la conducta imputada. En consecuencia, el despido carece de justa causa”, señaló el juez en su resolución, que obliga a la firma a afrontar las indemnizaciones correspondientes a un despido sin causa.
Según informó el Poder Judicial de Neuquén, el trabajador había ingresado a la empresa en marzo de 2018. El conflicto que derivó en su desvinculación ocurrió en abril de 2023 en el yacimiento Amarga Chica, en las cercanías de Añelo, donde mantuvo una discusión con un compañero. Tras el episodio, la empresa primero dispuso una suspensión y posteriormente avanzó con el despido con causa.
De acuerdo con la versión de la empresa, el trabajador protagonizó una “violenta pelea” en la que habría agredido física y verbalmente a otro empleado. También sostuvo que el incidente obligó a suspender las operaciones durante aproximadamente dos horas, lo que generó demoras y perjuicios en la actividad del yacimiento.
Sin embargo, durante el proceso judicial el magistrado analizó los testimonios de compañeros que presenciaron la discusión y concluyó que no existían elementos suficientes para considerar el hecho como una agresión grave.
Según la sentencia, los testigos coincidieron en que se trató de un entredicho verbal que incluyó un único golpe con la mano abierta sobre el casco del otro trabajador, sin provocar lesiones ni situaciones de violencia significativa.
Además, el juez destacó que la empresa no aportó pruebas que respaldaran su versión. No se presentaron informes operativos ni documentación que acreditara la supuesta interrupción de las tareas, ni tampoco se incorporó el testimonio del otro empleado involucrado en el incidente.
El magistrado subrayó que la empresa tenía acceso directo a ese tipo de información y que la falta de pruebas impidió tener por acreditados los hechos tal como habían sido expuestos en la comunicación del despido.
Si bien la Justicia consideró acreditada la existencia de la discusión entre los trabajadores, concluyó que la conducta no tuvo la gravedad suficiente para justificar la sanción aplicada.
“La conducta verificada no reviste injuria suficiente, por lo que la sanción aplicada aparece desproporcionada y carente de fundamento”, indicó el fallo, que declaró improcedente el despido con causa y ordenó el pago de la indemnización correspondiente.
Fuente: Medios




