El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén ratificó las condenas y absoluciones en la causa por la explosión en la escuela albergue de Aguada San Roque y rechazó todos los recursos presentados por las defensas y las querellas.
A través de cuatro resoluciones interlocutorias, la Sala Penal —integrada por Soledad Gennari y Alfredo Elosú Larumbe— desestimó las impugnaciones extraordinarias y confirmó el fallo dictado en febrero de 2025.
La causa juzgó la explosión ocurrida el 29 de junio de 2021, que provocó la muerte de la docente Mónica Jara (34), el gasista Nicolás Francés (70) y su sobrino Mariano Spinedi (47). El gremio ATEN participó como querellante.
El tribunal que intervino en el juicio oral consideró que las muertes fueron consecuencia de una cadena de irregularidades en una obra pública escolar, caracterizada como fraudulenta, negligente y atravesada por la impunidad.
En ese fallo, los jueces Maximiliano Bagnat, Ignacio Pombo y Lisandro Borgonovo condenaron a cinco personas, en su mayoría exfuncionarios del área de Obras Públicas.
Las penas incluyeron condenas de prisión efectiva para inspectores y directores de obra, además de inhabilitaciones perpetuas para ejercer cargos públicos y sanciones profesionales. También hubo una condena en suspenso para el empresario a cargo de la firma constructora.
En paralelo, fue absuelto el ex subsecretario de Obras Públicas Roberto Vicente Deza, una decisión que había sido cuestionada por la querella pero que ahora quedó firme.
Con esta resolución, el TSJ rechazó tanto los planteos de las defensas —que buscaban revertir las condenas— como los de las querellas —que pretendían agravarlas—, sin modificar ningún aspecto del fallo original.
Además, el máximo tribunal sostuvo que no existen cuestiones federales suficientes para habilitar la intervención de la Corte Suprema, por lo que el caso queda cerrado en el ámbito provincial.
En sus fundamentos, la Justicia señaló que se acreditaron múltiples fallas: certificación de trabajos no terminados, incumplimiento de protocolos de seguridad, falta de controles en la instalación de gas y la habilitación de un edificio en obra.
Ese conjunto de decisiones generó las condiciones que derivaron en la explosión. No obstante, el tribunal también indicó que algunos hechos no pudieron probarse con el nivel de certeza requerido en materia penal, lo que justificó las absoluciones y la no modificación de las penas.
Fuente: Medios




