El Banco Central reforz贸 los controles sobre las billeteras digitales
La decisi贸n alcanza a las entidades financieras y a los prestadores de pago que prestan este tipo de servicio.
El Banco Central dispuso que las entidades financieras que ofrecen el servicio de billetera digital deber谩n cumplir con una nueva serie de requisitos para operar en el mercado, que apuntan a mitigar el fraude en este tipo de operaciones.
La decisi贸n alcanza tambi茅n a los Prestadores de Servicios de Pago (PSP), que de ahora en m谩s tendr谩n que obtener una certificaci贸n del Registro de Billeteras Digitales Interoperables para poder ofrecer el servicio de pago con transferencia (PCT).
Los requisitos "se basan en la necesidad de interacci贸n entre las billeteras y los proveedores de cuentas (bancarias o de pagos), con el fin de gestionar el consentimiento del cliente para vincular su cuenta a la billetera donde desee operar", resalt贸 la autoridad monetaria.
El Banco Central defini贸 al servicio de "billetera digital" tambi茅n conocido como "billetera electr贸nica" o "billetera virtual"- como el ofrecido por una entidad financiera o PSP a trav茅s de una aplicaci贸n en un dispositivo m贸vil o en un navegador web que debe permitir, entre otras transacciones, efectuar pagos con transferencia y/o con otros instrumentos de pago, tales como tarjetas de d茅bito, de cr茅dito, de compra o prepagas.
Seg煤n lo dispuesto, las cuentas a la vista o de pago que sean debitadas para los PCT y los restantes instrumentos de pago pueden ser provistos o emitidos por la misma entidad financiera o proveedor de servicios. En tanto, las entidades financieras y los PSP que presten el servicio de billetera digital deber谩n arbitrar mecanismos para detectar actividades sospechosas o inusuales de las personas usuarias tendientes a mitigar el riesgo de fraude.
A partir de mayo pr贸ximo, los administradores de esquemas de transferencias inmediatas en ning煤n caso podr谩n habilitar a un aceptador a recibir pagos con transferencia iniciados con c贸digos QR, si no han constatado que esos c贸digos pueden ser le铆dos por todas las billeteras digitales inscriptas en el registro del Banco Central, de acuerdo con la informaci贸n oficial.
Por otra parte, se establecieron pautas para la prevenci贸n y gesti贸n del fraude para cada uno de los participantes de los esquemas de transferencias. Se trata de "pautas organizacionales" que tienen por objetivo "responder a los reclamos de los clientes por fraude, avanzando sobre la trazabilidad de las operaciones presumiblemente fraudulentas y respetando la confidencialidad", destac贸 la autoridad monetaria.
De este modo, los bancos y los proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago tendr谩n 180 d铆as desde la emisi贸n de la norma para ajustar sus sistemas a esta normativa. Asimismo, sin perjuicio de las facultades propias del Banco Central, se propone que el seguimiento de la implementaci贸n, el monitoreo de los aspectos t茅cnicos y organizativos de las medidas se realice mediante reuniones regulares en el 谩mbito de la Comisi贸n Interbancaria para los Medios de Pago de la Rep煤blica Argentina.
Fuente NA