La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó modificaciones en el régimen de importación temporaria de mercaderías destinadas al perfeccionamiento industrial, con el objetivo de agilizar y modernizar los procedimientos aduaneros.
Los cambios fueron oficializados a través de la Resolución General 5854/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, donde se detalla que la medida busca optimizar la gestión logística y administrativa tanto para los operadores como para el servicio aduanero.
Uno de los puntos centrales de la normativa es la modificación en los plazos para solicitar prórrogas. A partir de ahora, los importadores que requieran extender el plazo de permanencia de la mercadería deberán hacerlo mediante el sistema SITA con al menos 10 días hábiles de anticipación al vencimiento.

Además, los operadores estarán obligados a notificar a la aduana de registro sobre la presentación del pedido de extensión.
En caso de que una prórroga sea denegada luego del vencimiento del plazo, el servicio aduanero otorgará un período de 20 días hábiles desde la notificación para regularizar la situación de la mercadería.
La resolución también introduce cambios en materia de garantías, ya que solo se exigirá un refuerzo cuando los tributos de importación calculados sobre el saldo de mercadería, más un 2% mensual por permanencia, superen el monto originalmente garantizado.

Por otra parte, se establece que el Certificado de Tipificación de Importación Temporaria (CTIT) deberá presentarse en formato físico al momento de la aprobación técnica y fiscalización de las operaciones.
El organismo aduanero también reforzará los controles para verificar que la relación insumo-producto coincida con lo declarado en el certificado, así como el cumplimiento de los porcentajes establecidos para exportaciones, nacionalización de mermas, residuos y sobrantes.
Fuente: Medios






