Roberto Daniel Sánchez fue declarado culpable por el transfemicidio de Azul Semeñenko, luego de que un jurado popular considerara acreditada su responsabilidad penal por homicidio triplemente agravado. La decisión llegó tras once jornadas de debate, en las que la Fiscalía y la querella expusieron pruebas para reconstruir el crimen y fundamentar las tres circunstancias agravantes.
El veredicto reconoció el homicidio agravado por ensañamiento, por mediar violencia de género y por odio o prejuicio hacia la identidad de género de la víctima, tal como habían solicitado las dos acusaciones. La deliberación duró poco más de una hora y puso fin a la etapa del juicio destinada a determinar los hechos y la responsabilidad penal del acusado.
La decisión se apoyó en el análisis conjunto de cámaras de seguridad, rastros de sangre, pericias criminalísticas, lesiones constatadas en la autopsia y testimonios que permitieron reconstruir tanto los movimientos de Sánchez como la historia de Azul y el contexto de violencia planteado durante el debate.
La pena que deberá cumplir el condenado se establecerá en una instancia posterior, bajo la conducción del juez técnico Luciano Hermosilla.

La reconstrucción del crimen y las pruebas de la Fiscalía
Durante su alegato final, el fiscal jefe Agustín García, junto con la asistente letrada Agustina Jarry, pidió que el jurado declarara a Sánchez culpable por las tres agravantes. La acusación sostuvo que la prueba permitió reconstruir los movimientos de Azul durante la madrugada del 25 de septiembre de 2025, cuando ingresó a la vivienda del acusado, ubicada en Copahue al 1100, en Neuquén.
Según la reconstrucción presentada en el juicio, la última imagen de Azul con vida la ubicó en la camioneta Ford Ranger blanca de Sánchez. Las cámaras registraron el ingreso del vehículo a la vivienda, mientras que los registros de circulación, las manchas de sangre detectadas en la casa y en la camioneta y las pericias criminalísticas fueron utilizados para reconstruir lo ocurrido.
La Fiscalía también hizo hincapié en las maniobras posteriores al homicidio. De acuerdo con la acusación, durante la madrugada siguiente Sánchez habría trasladado el cuerpo de Azul, envuelto en un gazebo y atado con cuerdas y alambres, hasta un canal de desagüe ubicado entre Neuquén y Plottier, a unos 16 kilómetros de su vivienda.
Azul permaneció desaparecida durante 19 días. Su cuerpo fue encontrado el 14 de octubre de 2025, cuando un vecino que paseaba a sus perras advirtió un olor nauseabundo y llegó hasta el lugar.
Para la acusación, el traslado y el ocultamiento del cuerpo formaron parte de una secuencia deliberada para esconder el crimen. García también rechazó la hipótesis defensiva de una reacción bajo emoción violenta y cuestionó la versión de una agresión mutua. Según señaló, las actividades que Sánchez continuó realizando y las maniobras posteriores no resultaban compatibles con una pérdida repentina del control. Además, sostuvo que los informes médicos no encontraron lesiones recientes en el acusado que respaldaran la explicación de la defensa.
Las 25 puñaladas y el agravante de ensañamiento
La cantidad y la distribución de las lesiones que presentaba Azul fueron centrales para fundamentar el agravante de ensañamiento. La autopsia realizada por el médico forense Gerez determinó al menos 25 heridas de arma blanca, además de fracturas en el rostro, la mandíbula, las costillas y los antebrazos. Dos de las heridas comprometieron órganos vitales: el corazón y la aorta.
La Fiscalía y la querella sostuvieron que la violencia ejercida excedió la necesaria para provocar la muerte. Entre los elementos que señalaron estuvieron las lesiones defensivas en manos y brazos, la cantidad de puñaladas y las fracturas.
El abogado querellante Fernando Gómez recurrió al concepto de overkill, utilizado en el ámbito forense para describir una cantidad de lesiones muy superior a la necesaria para causar la muerte. Según su planteo, esa mecánica debía ser valorada como evidencia de sufrimiento innecesario.
Gómez también hizo referencia a las fracturas en el rostro de Azul. Los peritos no pudieron establecer si se habían producido antes o después de la muerte, debido al estado de descomposición del cuerpo. Sin embargo, el querellante sostuvo que esa limitación no impedía evaluar el conjunto de la violencia desplegada.
“Le rompió la cara tres veces”, afirmó durante su alegato, al vincular esas lesiones con el odio hacia la identidad y la expresión de género de la víctima.
El odio hacia la identidad de género de Azul
Otro de los ejes del juicio fue el agravante de odio o prejuicio hacia la identidad de género. La Fiscalía argumentó que debía analizarse a partir del conjunto de la prueba y no únicamente desde la existencia de un encuentro sexual entre Sánchez y Azul.
En ese sentido, las acusaciones señalaron el trato hacia la víctima, las expresiones discriminatorias incorporadas a la causa, la violencia ejercida y la forma en que fue ocultado su cuerpo.
Los testimonios de la antropóloga Josefina Fernández, de la referente trans María Belén Correa y de trabajadoras sexuales aportaron elementos para contextualizar las situaciones de discriminación y vulnerabilidad que atraviesan muchas mujeres trans, así como los riesgos asociados al ejercicio del trabajo sexual.
Por su parte, Gómez puso el foco en la historia personal de Azul, su búsqueda de reconocimiento y los proyectos que había comenzado a construir. Recordó que había conseguido un empleo estable y había iniciado el proceso para acceder a una cirugía que consideraba importante para su vida.
“Ninguna víctima viene a un juicio a rendir examen para que le reconozcan el derecho a no ser asesinada”, expresó el abogado, al cuestionar los testimonios que, según planteó, intentaron desacreditar a Azul por su identidad, su actividad laboral o sus decisiones personales.
Para la querella, el crimen debía analizarse considerando las desigualdades de poder y las condiciones de vulnerabilidad que atravesaban a la víctima. “Desde mucho antes de llegar a esa esquina, Sánchez ya la había deshumanizado a Azul”, sostuvo Gómez.
La violencia de género y las maniobras posteriores
La tercera agravante reconocida por el jurado fue la de homicidio cometido en un contexto de violencia de género. La querella sostuvo que la agresión no debía interpretarse como un episodio aislado ni como una reacción circunstancial.
Durante su exposición, Gómez cuestionó la imagen de una persona pacífica que, según consideró, algunos testimonios de la defensa habían intentado construir. Para fundamentar su planteo, retomó declaraciones vinculadas con otros vínculos de Sánchez y las relacionó con la violencia ejercida contra Azul.
Las acusaciones también señalaron contradicciones en algunos testimonios y comunicaciones telefónicas que, a su criterio, podían dar cuenta de intentos de condicionar declaraciones. Entre ellas mencionaron una conversación en la que Carola Araneda, expareja del acusado, le indicó a su hija que no dijera ante la Fiscalía que Sánchez la golpeaba porque eso podía perjudicarlo.
Para la Fiscalía y la querella, esos elementos debían evaluarse junto con las pruebas materiales y el resto de los testimonios, sin analizarlos de manera aislada.
El pedido de justicia por Azul
El alegato de la querella concluyó con un pedido directo al jurado para que reconociera la responsabilidad penal de Sánchez y las tres agravantes. Gómez recordó el impacto del crimen en la familia, las amigas y las compañeras de Azul, y destacó los proyectos personales que quedaron truncos.
“La decisión es clara: el único mandato es pedirles justicia”, había expresado al cerrar su exposición.
Durante las jornadas, el juicio estuvo acompañado por personas cercanas a Azul, integrantes del colectivo travesti-trans, trabajadoras del Centro de Atención a la Víctima donde ella trabajaba y organizaciones sindicales. El reclamo de justicia también se manifestó en actividades de acompañamiento realizadas en la Ciudad Judicial.
Con el veredicto, el jurado popular declaró a Roberto Daniel Sánchez culpable del homicidio triplemente agravado de Azul Semeñenko. La instancia de deliberación quedó concluida y resta que la Justicia determine la pena que le corresponderá.
Fuente: Medios










