Desde la incorporación masiva de los medios de pago virtuales, comenzó a extenderse una práctica que antes no existía: el recargo porcentual por pagar con tarjetas de débito, crédito en una cuota o billeteras virtuales. La justificación más habitual es la comisión que cobran los posnet tradicionales y las plataformas digitales por cada operación.
Sin embargo, más allá del contexto económico y de la crisis, esta práctica es ilegal y puede ser denunciada ante la Dirección Provincial de Protección al Consumidor. Así lo aclaró el titular del organismo, Pablo Tomasini.
“Lo venimos reiterando en muchas ocasiones: los mecanismos de pago que el comercio decide utilizar para vender sus productos son un problema entre el comerciante y el proveedor de ese medio de pago”, explicó Tomasini. En ese sentido, remarcó que las condiciones que imponen las empresas de servicios financieros no pueden trasladarse al cliente.
Por qué es ilegal aplicar recargos
El funcionario detalló que, cuando se paga con tarjeta de débito, tarjeta de crédito en un solo pago o billeteras virtuales, no se puede modificar el precio anunciado. “Cuando te hacen una promesa de precio —por ejemplo, que un cuaderno vale 5.000 pesos— esa promesa tiene que respetarse cuando pagás al contado”, sostuvo.
La única situación en la que puede aplicarse un costo adicional es cuando existe una recarga financiera, es decir, en pagos en dos o más cuotas, donde el recargo se aplica de manera automática por el sistema financiero.
En cambio, sí es legal ofrecer un descuento por pago en efectivo. “Si te dicen que el precio es 5.000 pesos, pero pagando en efectivo te cobran 4.800, eso está permitido”, aclaró Tomasini.
No obstante, señaló que el marco legal de las billeteras virtuales aún presenta vacíos, ya que no existe una normativa específica para estas herramientas y se aplica la legislación sobre medios electrónicos vigente desde 1999. Aun así, la interpretación actual las incluye dentro de los medios de pago al contado, por lo que no se pueden aplicar recargos.
Cómo denunciar los recargos ilegales
Tomasini reconoció que muchas personas sienten que denunciar no cambia la situación, pero aseguró que las denuncias son fundamentales para que el Estado pueda actuar. “La única manera de multar sin denuncia es que el hecho ocurra delante de un inspector. Si no, necesitamos que los usuarios denuncien”, explicó.
Las sanciones, indicó, se aplican cuando los inspectores constatan el recargo en el momento del pago. “Es una práctica que hay que agarrar in fraganti”, agregó.
Para realizar una denuncia, los consumidores deben ingresar a la web proteccionalconsumidor.neuquen.gob.ar, seleccionar la opción “Solicitá tu inspección” y completar el formulario. No es obligatorio consignar el CUIT del comercio, siempre que se indiquen correctamente los datos de ubicación.
Desde Protección al Consumidor remarcaron que la participación de los usuarios es clave para erradicar una práctica que vulnera derechos básicos y distorsiona los precios informados al público.
Fuente: Medios




