Justicia

Fallo a favor de Chubut: ordenan enviar los fondos de la coparticipación

El fallo del Juzgado Federal de Rawson n° 1, obliga al Gobierno nacional a "cesar con la retención" de los fondos hasta tanto se avance "en una refinanciación de la deuda".

Neuquén Post

La Justicia falló a favor de la provincia de Chubut en la disputa que mantiene su gobernador Ignacio Torres con el presidente Javier Milei. El fallo del Juzgado Federal de Rawson n° 1, a cargo de Hugo Sastre, sin embargo, rechazó el pedido de la provincia respecto a la devolución de los fondos que dejó de percibir. El Gobierno de Milei ya adelantó que apelará la medida de la Justicia.

El gobernador de Chubut fue a la justicia federal con asiento en la provincia, para reclamar por el criterio adoptado por el Ejecutivo Nacional de recortar parte de los fondos que percibe el distrito en concepto de coparticipación. Uno de los puntos de la demanda, solicitaba la devolución de 13.500 millones de pesos que el Estado retuvo y que dio origen al conflicto con los gobernadores.

Al analizar la situación y la urgencia planteada que expresa una pérdida diaria de una importante suma de dinero, el juez federal Sastre, ordenó el "cese de la retención que, en concepto de reembolsos por préstamos acordados en el marco del Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial", el Estado viene realizando sobre la coparticipación federal que le corresponde a Chubut.

El cese de esa retención aplicada por la administración de Javier Milei, será -expresa el fallo- "hasta tanto se concrete la refinanciación de la deuda y por el periodo máximo comprendido por el ejercicio financiero en curso".

Es por eso que el magistrado exhorta a ambas partes a que arbitren "medios conducentes tendientes a la cancelación y/o refinanciación de la deuda, en condiciones razonables, que no importen el compromiso de servicios esenciales del estado provincial".

Cuando el estado provincial acudió a la justicia, se refirió a la gravedad institucional de la decisión de la Casa Rosada. Indica que al guardar silencio ante las solicitudes de refinanciación y autorización de endeudamiento efectuadas por la provincia del Chubut, el Estado Nacional "habría perdido de vista los principios constitucionales de buena fe y lealtad federal, que impedían adoptar medidas intempestivas que afecten seriamente a las provincias", en este caso a Chubut.

A criterio del magistrado y según, indicó en su fallo, en este caso se encuentran en juego los principios de "solidaridad, equidad, automaticidad y funcionalidad".

El primero en fijar criterio sobre el caso, fue el fiscal Fernando Gelvez, quien dijo que resulta indispensable "para estimular el mejoramiento de las cuentas públicas provinciales a través de medidas coordinadas con el gobierno nacional".

En este sentido añadió que esa tarea, implica "un esfuerzo de organización y financiero, que en muchos casos podía exceder las posibilidades de las propias provincias, por sus limitaciones para acceder a los mercados voluntarios de crédito en dichas circunstancias".

Fallo a favor de Chubut: ordenan enviar los fondos de la coparticipación

Fue en este aspecto que habló de la relación "indisoluble y permanente" de las provincias con el Estado Nacional, es éste quien "tiene el deber de agotar sus esfuerzos en tal sentido, sin relevar a las provincias de sus responsabilidades ni de sus atribuciones constitucionales, lo que permitiría aliviar la situación financiera".

El gobernador de Chubut judicializó no sólo la retención de parte de la coparticipación, sino también la suma específica que dejó de percibir y se refirió a "la gravedad del monto alcanzado se adiciona el escaso tiempo en el que se pretende la misma sea cancelada, esto es, en los próximos 10 meses".

La demanda que inició el conflicto, explica que la pérdida de más de un tercio de la coparticipación, empezada a descontar de lo que la Provincia le corresponde diariamente, a partir del pasado 19 de febrero de 2024 "habría hecho mella en las arcas provinciales a pesar de los reiterados pedidos de refinanciación efectuados y de los que nunca se tuvo respuesta".

Diferencia de criterio

La Justicia Federal de Chubut hace foco en cuanto a la asistencia que venía recibiendo la provincia de Chubut ante sus problemas financieros y el criterio adoptado por la gestión de Javier Milei.

Sobre este punto, el magistrado indicó: "Habiendo el Estado Nacional asistido financieramente a un Gobierno Provincial saliente, con mayor razón debería apoyar y flexibilizar su política de saneamiento y refinanciación de deudas públicas provinciales", del gobierno recientemente asumido.

Es allí, que destacó que ese accionar "habría sido aplicado a la provincia en el pasado cercano, tan solo distante doce meses atrás-, máxime cuando tampoco ha variado el marco normativo".

Es en el marco de esa aclaración, que el juez Sastre afirma: "El accionar de la demandada, esto es, desoír o guardar silencio a una petición de refinanciación y/o cancelación de la actora, no ha sido acorde a su actuar pasado, en efecto, se encuentra en clara contradicción con la conducta asumida con anterioridad".

Crítica directa al Gobierno nacional

En un tramo de sus argumentaciones, el juez federal de Rawson, se refiere a la decisión adoptada por el Poder Ejecutivo Nacional como "irracional", al entender que es "contrario a la finalidad de la norma que constituye el Fondo y a la que dispone la refinanciación de la deuda" que originó el reclamo judicial.

Señala el magistrado que el Gobierno nacional se encuentra en una "posición claramente dominante" y que aún así "decide ignorar las peticiones de refinanciamiento efectuadas por la Provincia, obviando el estado de emergencia que atraviesa".

En el fallo de 17 páginas, el juez indica a su vez que el Estado nacional, omitió adoptar "medidas paralelas que amortigüen los efectos negativos que en la economía" de la provincia de Chubut, provoca la retención de parte de los fondos coparticipables que le corresponden.

En efecto, continuó diciendo, "una media de tal naturaleza repercute negativamente en las arcas provinciales, poniendo en situación de riesgo el cumplimiento de funciones esenciales".

Fuente Clarín

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