Se aprobó el uso de armamento no letal para Fuerzas Federales
El reglamento aprobado abarca no solo las conocidas armas Taser o Byrna, sino también otras destinadas a evitar el uso de armas convencionales y reducir los enfrentamientos peligrosos entre las fuerzas de seguridad y los delincuentes.
La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, aprobó el Reglamento para el Empleo de Armamento No Letal de Inmovilización e Incapacitación de Agresores para las fuerzas federales. Esta medida impactará en el futuro de la Policía de Neuquén, aunque el proyecto aún está en debate en la Legislatura provincial.
El reglamento aprobado abarca no solo las conocidas armas Taser o Byrna, sino también otras destinadas a evitar el uso de armas convencionales y reducir los enfrentamientos peligrosos entre las fuerzas de seguridad y los delincuentes. Entre estas armas se incluyen las de gas pimienta, utilizadas para inmovilizar a personas durante los procedimientos.
Implementación en Fuerzas Federales
El nuevo reglamento aplica a la Policía Federal Argentina (PFA), la Gendarmería Nacional, la Prefectura Naval y la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA). Sin embargo, en Neuquén, el uso de armas no letales por parte de la policía provincial aún no está reglamentado.
En Neuquén, el proyecto para la implementación de armas no letales está estancado en la Legislatura, en pleno debate en la comisión de Derechos Humanos. La reciente aprobación del reglamento para las fuerzas federales podría reactivar el debate en la provincia.
El diputado Marcelo Bermúdez, del PRO dentro del Frente Neuquinizate del gobernador Rolando Figueroa, presentó un proyecto para que las fuerzas provinciales puedan usar este tipo de armas. Bermúdez mencionó un caso de violencia de género en Cutral Co como ejemplo de situación en la que las armas no letales habrían evitado mayores consecuencias.
"Si tuviésemos este proyecto, nos habríamos ahorrado todas estas consecuencias. Son situaciones muy difíciles para la Policía, sobre todo cuando corre riesgo su vida y la de terceros", sostuvo Bermúdez.
Reglamento Nacional
Según la resolución nacional 704/2024 publicada en el Boletín Oficial, los uniformados deberán identificarse como tales a viva voz antes de usar las armas no letales, a menos que esto suponga un riesgo de muerte o lesiones para terceros, el agresor o el personal mismo.
El armamento no letal será utilizado en circunstancias donde el uso de un arma letal exceda la necesidad derivada de la amenaza o genere un riesgo de vida o lesiones para terceros presentes en el lugar.
El reglamento establece que, una vez dada la voz de alto o verificadas las circunstancias de amenaza, el avance del agresor en dirección al efectivo o a terceras personas en actitud de ataque o amenaza justifica el empleo del armamento no letal, incluso si el agresor no lleva un arma visible. También se permite su uso para impedir la fuga de un delincuente.
Cuáles son las armas no letales
Según la reglamentación, las armas no letales incluyen:
- Pistolas que inmovilizan al objetivo mediante descargas eléctricas no letales.
- Pistolas que disparan municiones con sustancias irritantes u otros productos químicos no letales.
- Artefactos eléctricos específicos para uso policial que provocan descargas no letales.
- Gases paralizantes.
Fuente. Medios