La sentencia fue firmada por el juez civil Carlos Choco, quien consideró acreditada la participación de los demandados en la sustracción de cerca de veinte bovinos desaparecidos en el paraje Aguas Calientes y posteriormente rastreados hasta Buta Ranquil.
Según consta en el fallo, la investigación comenzó a partir de la denuncia realizada por el productor, quien contó con la colaboración de vecinos de la zona para seguir las huellas del arreo.
El recorrido llevó hasta una chacra privada vinculada a los acusados, donde finalmente lograron recuperar nueve animales. Sin embargo, uno de ellos murió tiempo después debido al deterioro físico que presentaba al momento de ser encontrado.
Las pruebas valoradas por la Justicia
En la resolución, el magistrado sostuvo que tanto las declaraciones testimoniales como las actuaciones incorporadas desde el expediente penal permitieron demostrar la responsabilidad de los demandados.
El juez indicó que existió una “clara convergencia” entre los testimonios, los informes policiales y la denuncia presentada por el criancero.
Uno de los testigos declaró haber participado del traslado de los animales hacia el predio donde posteriormente fueron hallados. Según relató, durante el trayecto le indicaron que las vacas habían sido compradas “a medias” con uno de los acusados.
Otros testimonios incorporados a la causa describieron además el estado del lugar donde permanecía encerrado el ganado y señalaron haber observado restos de animales faenados dentro del establecimiento.
La compra sin documentación
Otro de los elementos considerados por el juez fue el reconocimiento realizado por uno de los involucrados al momento en que la Policía llegó al predio. De acuerdo con el fallo, el acusado admitió haber adquirido los animales sin documentación respaldatoria, situación que el magistrado interpretó como “un indicio grave sobre el origen ilícito” del ganado.
Durante el proceso, la defensa intentó cuestionar el reclamo indemnizatorio al sostener que parte de los animales figuraba formalmente a nombre de familiares del denunciante. Sin embargo, el planteo fue rechazado.
“El actor se desempeñaba como criancero y los animales sustraídos integraban el rodeo bajo su cuidado, explotación y aprovechamiento económico”, sostuvo Choco en la sentencia.
Cómo se compone la indemnización
La resolución judicial estableció distintos conceptos indemnizatorios. Por daño emergente, el juez fijó una suma de 13,2 millones de pesos, correspondiente al valor de once animales no recuperados y uno que murió luego de ser restituido.
Además, reconoció 8,9 millones de pesos por lucro cesante, al considerar la interrupción del ciclo productivo y la pérdida del potencial reproductivo del rodeo. A esos montos se sumaron otros 8 millones de pesos en concepto de daño moral.
La sentencia también dispuso que la suma total deberá actualizarse con intereses calculados desde el 20 de mayo de 2021, fecha en la que ocurrió el robo durante el regreso de la veranada en el norte de Neuquén.
Fuente: Medios




