La Justicia de Cipolletti reconoció como hija extramatrimonial a una mujer que inició una demanda de filiación luego de años de mantener un vínculo afectivo con quien consideraba su padre biológico.
La historia comenzó en la adolescencia de la mujer, nacida en 1993 en el Alto Valle e inscripta sin filiación paterna. Según consta en la causa, retomó el contacto con el hombre señalado como progenitor y desde entonces construyó una relación cercana, con encuentros familiares y trato frecuente. Incluso, sus hijos llegaron a llamarlo “abuelo”.
El hombre falleció en 2022 antes de concretar un reconocimiento formal, por lo que la mujer decidió avanzar judicialmente para obtener el reconocimiento legal del vínculo.
El expediente tramitó en el fuero Civil, en el marco de la sucesión del fallecido. Allí, el juez ordenó una prueba genética con intervención del Cuerpo de Investigación Forense y del Laboratorio Regional de Genética Forense.
Para el estudio se tomaron muestras biológicas de la mujer, de su madre y de una hija del hombre fallecido. El análisis determinó una probabilidad de vínculo de media hermandad paterna del 99,99957%, dato que fue considerado clave en la resolución judicial.
Durante el proceso, uno de los herederos no pudo ser ubicado y debió intervenir un defensor de ausentes, quien cuestionó inicialmente la pericia genética. Sin embargo, el laboratorio ratificó las conclusiones y sostuvo que nuevas muestras no modificarían el resultado obtenido.
En la sentencia, el magistrado destacó el valor del derecho a la identidad y a la verdad biológica, además de la importancia de que los registros oficiales reflejen los vínculos familiares acreditados.
Finalmente, el fallo ordenó incorporar la filiación paterna en el acta de nacimiento de la mujer. No obstante, se respetó su decisión de conservar únicamente el apellido con el que fue inscripta originalmente.




